El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el Real Decreto que marca los criterios para la asignación de los canales múltiples digitales después del cese de las emisiones analógicas y en la reserva del llamado “dividendo digital” a servicios distintos a la televisión. El “dividendo digital” es la liberación de la banda de frecuencias que va desde los 790 a 862 MHz. Esta liberación se tiene que producir antes del 1 de enero de 2015.
A través del Real Decreto se determina el proceso por el cual los operadores privados de televisión de ámbito estatal accederán a un múltiple completo, siempre que cumplan los compromisos asumidos relacionados con el impulso y el desarrollo de la TDT. En cambio, la Corporación de de Radio y Televisión Española y las Comunidades Autónomas por el hecho de ser televisiones públicas, accederán a dos múltiples.
Este proceso de adaptación se rige por unos principios: el de gradualidad, dado que se fijan dos fases; el de continuidad, porque se garantiza una transición no traumática y asegurando la recepción de los canales de televisión actuales; y el de equidad, ya que durante el proceso los operadores privados dispondrán de igual capacidad y antes de enero de 2015 todos accederán al múltiple completo definitivo.