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Los jueces progresistas defienden que no se ponga límites a la acusación popular

El portavoz de la asociación Jueces para la Democracia (JpD), José Luis Ramírez, en declaraciones a EL BOLETÍN, ha defendido la intervención de la acción popular en un proceso penal ante la posibilidad de que el Constitucional niegue la legitimidad de este tipo de acusación para impulsar una causa en solitario, al margen de la Fiscalía. “Es un mecanismo de garantía” que ampara el sistema constitucional, ha recordado Ramírez que se ha mostrado muy molesto por la “filtración de un borrador antes de dictarse”, en referencia a la noticia publicada por ABC.

Precisamente, al tratarse de un borrador del que se desconoce su contenido íntegro, los jueces progresistas han evitado manifestarse al respecto. A pesar de esto, el portavoz de la JpD ha admitido que negar la acusación popular cuando va en contra de la opinión de la Fiscalía podría tener repercusiones en procesos abiertos como las causas contra el magistrado Baltasar Garzón por la memoria histórica y por un sueldo que percibió el juez durante un curso académico en Nueva York. “La decisión la tendrá el Constitucional, este órgano decidirá desde qué procesos se niega esta posibilidad, él pondrá el límite y podría afectar a Garzón”, ha destacado Ramírez en referencia a una posible retroactividad.

Si el Constitucional aprueba este borrador, iniciativas como las del sindicato ultraderechista Manos Limpias tendrían sus días contados.

‘Doctrina Atutxa’ vs ‘Doctrina Botín’

El borrador de sentencia que prepararía el Constitucional respondería a un recurso de amparo presentado por el ex presidente del Parlamento vasco Juan María Atutxa ante la decisión del Supremo que le condenó por desobediencia al no disolver Sozialista Abertzaleak. Precisamente, su condena fue motivo de un gran debate y dio lugar a que se diferenciara entre dos doctrinas contrapuestas, adoptadas las dos por el Supremo. Una se denominó la ‘doctrina Botín’, que establece que un juicio oral no puede abrirse sólo a instancias de la acción popular, si la Fiscalía y la acusación particular (los afectados) no presentan acusación.

Por contra, la ‘doctrina Atutxa’ sentencia que el fiscal “no puede monopolizar el ejercicio de la acción pública”, es decir, que basta con la acusación popular para poder abrir juicio oral, a pesar de que la Fiscalía se oponga. En ese caso, el Supremo estimó que el delito de desobediencia carecía de un perjudicado concreto que pudiera ejercer la acusación particular y por tanto debía preservarse su derecho con la acción popular. En ese caso la ejerció Manos Limpias, como ocurre ahora en la causa abierta en el Supremo contra Baltasar Garzón por investigar los crímenes del franquismo sin ser competente. La Fiscalía pidió el archivo de la causa, sin embargo, el proceso sigue su curso con la única acusación del sindicato ultraderechista.

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