Finanzas

Un informe de Roca Junyent avala que el convenio de las cajas puede negociarse hasta mayo

Oficinas de la Acarl

La patronal de los bancos herederos de las antiguas cajas de ahorros dará por finalizada la negociación el día 31 si no hay acuerdo. Los sindicatos y la patronal (Acarl) siguen todavía muy lejos de poder alcanzar un acuerdo sobre el nuevo convenio colectivo de los bancos herederos de las antiguas cajas de ahorros, cuando en principio sólo quedan dos semanas exactas (el 31 de diciembre) para que finalice el período de ultraactividad.

Esa es al menos la tesis de Acarl, que tiene intención que ese día como muy tarde se alcance un acuerdo (antes se celebrará una nueva reunión el próximo día 22). Si no es así, dará por cerrado el período de negociación, iniciado hace ya un año. Sin embargo, la Confederación Internacional de Crédito (CIC) no comparte esta tesis y denuncia la intención de la patronal y de los sindicatos mayoritarios (UGT, CCOO y CSICA) de eliminar “de un plumazo” seis meses de ultraactividad.

La formación defiende que la ultraactividad debe estar garantizada hasta el 20 de mayo de 2016. Para ello se apoya en el dictamen jurídico de un informe elaborado por Luis Enrique de la Villa, del prestigioso Bufete Roca y Junyent -el mismo que defiende a la Infanta Cristina-, donde además se especifica la situación en la que quedan los empleados una vez que venza el plazo: “Automáticamente se contractualiza el Convenio en los contratos de los empleados. Esto supone una garantía jurídica para los actuales trabajadores del sector”.

CIC recuerda asimismo que en el convenio todavía en vigor ya se establecía que “las partes acuerdan que el plazo máximo de negociación del próximo convenio colectivo sea de 18 meses”, esto garantizaba una ultractividad hasta el próximo 20 de mayo de 2016.

El plazo para alcanzar un acuerdo está siendo usado por la patronal para forzar a los sindicatos a amoldarse a sus propuestas, apoyándose en la reforma laboral aprobada por el Gobierno de Mariano Rajoy en 2012. De hecho, ya amenazó con dar por concluidas las reuniones en noviembre.

Antes de la reforma laboral, un convenio colectivo no se derogaba hasta que había un nuevo convenio que supliera al anterior. Sin embargo, la legislación actual, fija que pasado un año desde la finalización de la vigencia del convenio, éste queda derogado. Aunque una sentencia del Tribunal Supremo el año pasado estableció que no pueden recortarse los derechos de los trabajadores reconocidos por el antiguo convenio, sí abría la puerta a una modificación “si concurren circunstancias económicas, técnicas, organizativas o productivas”.

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