Pazo de Meirás

La Audiencia revoca el depósito mobiliario del Pazo de Meiras

Los magistrados dejan abierta la posibilidad de que el Estado pueda reclamar en otro pleito la titularidad de los muebles que considere Patrimonio Nacional asignados al jefe de Estado.

10/12/2020 La abogada del Estado Consuelo Castro Rey (i) recibe las llaves del pazo de Meirás de manos de la jueza Marta Canales Gantes, en el interior del edificio, en Sada, A Coruña, Galicia, (España), a 10 de diciembre de 2020. La familia Franco devuelve hoy al Estado el pazo de Meirás, que pasará al patrimonio público 82 años después de ser entregado al dictador y como resultado de la ejecución provisional de la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña que les condenó a su devolución. Lo será de forma provisional a la espera de que se dicte una sentencia definitiva, lo que tendrá lugar una vez que se agoten todos los recursos judiciales posibles. Ayer mismo, los Franco depositaron en el Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña, para su entrega al Estado, las llaves del pazo de Meirás, un día antes de que se procediese a la entrega del mismo. POLITICA EUROPA PRESS/M.Dylan.POOL - Europa Press

La Sección Tercera Audiencia Provincial de A Coruña revoca el depósito mobiliario a favor del Estado del Pazo de Meirás, es decir, determina que la demanda de la parcela catastral hecha por la Administración no incluye «mesas, vajillas, alfombras o cuadros».

En una resolución judicial, ha estimado el recurso presentado por la familia Franco, que deberán ser «indemnizados» por los daños y perjuicios que les haya podido ocasionar esta situación. De esta forma, se ha quedado sin efecto el auto del Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña en el que se ordenaba depositar a favor del Estado todos los muebles y elementos accesorios del pazo de Meirás.

Los magistrados dejan abierta la posibilidad de que el Estado pueda reclamar en otro pleito la titularidad de los muebles que considere Patrimonio Nacional asignados al jefe de Estado.

Además, en el auto, el tribunal recuerda que solo las dos estatuas del Maestre Mateo están catalogadas como Bien de Interés Cultural, al tiempo que señala que la Ley de Patrimonio de Galicia «no establece ninguna pérdida de propiedad civil» por parte de los titulares de esos bienes por el hecho de estar catalogados.

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