Finanzas

Condenan a BBVA a retirar cláusulas abusivas en contratos de cuentas de valores

Sede de BBVA

Adicae anima a los clientes del banco a revisar sus contratos de depósitos y cuentas de valores para solicitar la revisión de los mismos si incluyen estas condiciones. La Audiencia Provincial de Vizcaya ha condenado a BBVA a que retire cláusulas abusivas de varios contratos de depósito, administración y compra y suscripción de valores. El banco deberá eliminar estas condiciones en las cuentas ya existentes y abstenerse de utilizarlas de ahora en adelante.

En concreto, se trata de cuatro cláusulas que habían sido señaladas por Adicae en las condiciones generales de contratación de estos servicios así como en su documentación anexa. Todas éstas han sido declaradas nulas por el tribunal, por lo que BBVA debe retirarlas de todos los contratos en los que estaban vigentes, según ha anunciado la organización que había llevado el caso a los juzgados.

La primera de las cláusulas que se obliga a retirar está contenida en algunos contratos de depósito y/o administración de valores: “El banco no asume responsabilidad por la no recepción o recepción fuera de plazo por parte de los titulares de informaciones, tales como boletines de suscripción, canjes y otras, como consecuencia del defectuoso funcionamiento del correo o de otros sistemas de transmisión ajenos al banco”. En este caso, se ha considerado abusivo que recaiga exclusivamente en el consumidor la responsabilidad de fallos ajenos así como que la decisión quedase al arbitrio único del banco.

También se anula una condición referida al tratamiento de datos personales. En ella se establecía que “el interviniente autoriza que sus datos personales, incluidos los derivados de operaciones realizadas a través del banco, se incorporen a archivos […] para cualesquiera otras finalidades no incompatibles con las anteriores”. Sobre este asunto, la ley vigente regula que únicamente se podrán recoger datos para finalidades determinadas y explícitas.

El auto de la Audiencia de Vizcaya deja en papel mojado también cláusulas contenidas en el anexo al contrato u orden de suscripciones referente a información sobre características y riesgos asociados al producto o servicio. Adicae había detectado que BBVA remitía a documentos de características y riesgos que el cliente “manifiesta haber recibido” pero que podría no conocer en la práctica, ya que ni tan siquiera se especifica el documento al que se hace referencia, lo que la organización califica de “falta de transparencia”.

Por último, se anulan cláusulas abusivas contenidas en la orden de compraventa de valores dentro del apartado denominado: “Observaciones”. Estas recogen: “El/los ordenante/s hace/n constar que recibe/n copia de la presente orden, que conoce/n su significado y trascendencia, así como que ha sido informado de la tarifa de comisiones y gastos aplicables a la operación”.

En esta ocasión, la Audiencia explica que “la práctica de incluir en la orden de compra el detalle de las comisiones que cobra la entidad por la operación no garantiza que en todos los contratos de las mismas características se incluyan las tarifas” y que este arranque sirve como engarce a “una larga oración que enlaza y enreda distintas cuestiones, que nada tienen que ver unas con las otras”. Algo que, según denuncia, genera confusión y supone falta de transparencia documental.

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